Con la entrada en vigencia del Comparendo ambiental en la ciudad de Villavicencio, las sanciones que se aplicarán a los contraventores de...
Con la entrada en
vigencia del Comparendo ambiental en la ciudad de Villavicencio, las sanciones
que se aplicarán a los contraventores de las normas ambientales serán tanto
para las personas naturales, como las jurídicas. Las modificaciones que se le hicieron al
Comparendo Ambiental con respecto a este tema son: Artículo 5º: El Artículo sexto del acuerdo 200 de 2013 quedará así:
Artículo 6º: CLASIFICACIÓN DE LAS
SANCIONES: Las sanciones por la infracción a las normas ambientales de aseo,
limpieza, recolección, disposición de residuos y escombros son: 1. Amonestación
en privado: Consiste en el llamado de atención verbal o por escrito realizado
por la autoridad competente al contraventor para que recapacite sobre la
infracción y acepte la conveniencia de no reincidir en ella. 2. Curso de
educación ambiental: Curso de asistencia del infractor a (4) cuatro horas de
educación ambiental, por parte de la Secretaría de Medio Ambiente de
Villavicencio. 3. Servicio Social: Implica en participar en el desarrollo de actividades
o tareas sin remuneración en campañas o actividades de interés público en temas
ambientales que designe la Secretaria de Medio Ambiente. 4. Medida correctiva
de multa: Consiste en la obligación de pagar mediante una consignación a la
cuenta bancaria destinada por la Secretaría de Hacienda, la suma que haya sido
determinada en el fallo sancionatorio por parte de la autoridad competente. 5. Suspensiones de actividades: Consiste en la
cesación temporal de la actividad comercial. Para personas naturales (ciudadanos) la multa
será hasta por 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada
infracción y dependiendo de la gravedad de la falta. A las personas jurídicas se
les aplicará una multa que oscilará entre 5 a 20 salarios mínimos legales
mensuales vigentes por cada infracción cometida, esta dependerá de la gravedad
de la falta. Estas sanciones serían para la propiedad horizontal, empresas
prestadoras de servicio de aseo y establecimientos de comercio o industria. “Las
personas naturales o jurídicas que
no paguen el comparendo o los comparendos ambientales que tengan bajo su nombre o
documento de identificación, después de realizados los trámites pertinentes,
estos podrán ir a cobro coactivo y también ser reportadas a las centrales de
riesgos”, indicó Lina Carolina Díaz Jaramillo, secretaria de Medio Ambiente.

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