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Estas son las sanciones que se aplicarán a los infractores del medio ambiente

Con la entrada en vigencia del Comparendo ambiental en la ciudad de Villavicencio, las sanciones que se aplicarán a los contraventores de...

Con la entrada en vigencia del Comparendo ambiental en la ciudad de Villavicencio, las sanciones que se aplicarán a los contraventores de las normas ambientales serán tanto para las personas naturales, como las jurídicas.  Las modificaciones que se le hicieron al Comparendo Ambiental con respecto a este tema son: Artículo 5º: El Artículo sexto del acuerdo 200 de 2013 quedará así: Artículo 6º: CLASIFICACIÓN DE LAS SANCIONES: Las sanciones por la infracción a las normas ambientales de aseo, limpieza, recolección, disposición de residuos y escombros son: 1. Amonestación en privado: Consiste en el llamado de atención verbal o por escrito realizado por la autoridad competente al contraventor para que recapacite sobre la infracción y acepte la conveniencia de no reincidir en ella. 2. Curso de educación ambiental: Curso de asistencia del infractor a (4) cuatro horas de educación ambiental, por parte de la Secretaría de Medio Ambiente de Villavicencio. 3. Servicio Social: Implica en participar en el desarrollo de actividades o tareas sin remuneración en campañas o actividades de interés público en temas ambientales que designe la Secretaria de Medio Ambiente. 4. Medida correctiva de multa: Consiste en la obligación de pagar mediante una consignación a la cuenta bancaria destinada por la Secretaría de Hacienda, la suma que haya sido determinada en el fallo sancionatorio por parte de la autoridad competente.  5. Suspensiones de actividades: Consiste en la cesación temporal de la actividad comercial.  Para personas naturales (ciudadanos) la multa será hasta por 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada infracción y dependiendo de la gravedad de la falta. A las personas jurídicas se les aplicará una multa que oscilará  entre 5 a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada infracción cometida, esta dependerá de la gravedad de la falta. Estas sanciones serían para la propiedad horizontal, empresas prestadoras de servicio de aseo y establecimientos de comercio o industria. “Las personas naturales o jurídicas que no paguen el comparendo o los comparendos  ambientales que tengan bajo su nombre o documento de identificación, después de realizados los trámites pertinentes, estos podrán ir a cobro coactivo y también ser reportadas a las centrales de riesgos”, indicó Lina Carolina Díaz Jaramillo, secretaria de Medio Ambiente.  

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