La Secretaría de Movilidad de Villavicencio estableció 22 excepciones de aplicación del pico y placa que contemplan el desarrollo de las act...
La Secretaría de Movilidad de Villavicencio estableció 22 excepciones de aplicación del pico y placa que contemplan el desarrollo de las actividades necesarias para la ciudad.
Los conductores que hagan parte de este listado deben portar los documentos que acrediten dicha actividad o labor.
El secretario de Movilidad, Mauricio Frías, explicó que dentro de las
excepciones se encuentran los vehículos de organismos del Estado, oficiales,
para prestación de salud o asistencia, los pertenecientes al cuerpo diplomático
y del personal de salud, incluyendo el personal en formación.
Igualmente, tendrán libre circulación los vehículos del personal
operativo de empresas de servicios públicos, automotores en los que se
movilicen o conduzcan servidos públicos y los destinados de la mensajería,
furgones, vehículos de estacas, panel de platón y plataforma cabina sencilla, destinados
al transporte de carga y mercancías con capacidad de media tonelada.
Los motocarros de carga, automotores con blindaje tres o superior,
vehículos de escoltas o esquemas de seguridad, los destinados a la seguridad y
vigilancia, de emergencia, los transportes de residuos y desechos
hospitalarios, carros fúnebres y los de enseñanza automovilística también
estarán exentos.
La lista también contempló a los periodistas de medios de comunicación,
los vehículos híbridos y eléctricos, los matriculados inicialmente en
Villavicencio a partir del 7 de diciembre de 2020 y sólo por los primeros tres
meses desde su matrícula, y las motocicletas acreditadas ante la Secretaría de
Movilidad que transporten personal vinculado a los establecimientos comerciales
con horario nocturno.
El funcionario agregó que los vehículos que transporten o sean conducidos
por personas en condición de discapacidad también estarán exentos, pero que
deben acreditar ante la dependencia
lo siguiente:
a)
Copia
de la inscripción en el registro para la localización y caracterización de
personas con discapacidad del Ministerio de Salud.
b)
Copia
de la licencia de tránsito del vehículo.
c)
Certificado
de la revisión técnico-mecánica vigente.
d)
SOAT
vigente.
Por último, Mauricio Frías confirmó que, para los domiciliarios que realizan su actividad en automóvil, campero, camionetas y motocicletas está prohibido transitar con acompañante.

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