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Familia logra sentencia favorable en caso de base militar instalada sobre un predio despojado en La Macarena (Meta)

 • La justicia ordenó restituir por compensación a una pareja de comerciantes, que fueron desplazados por la guerrilla y luego despojados po...


 • La justicia ordenó restituir por compensación a una pareja de comerciantes, que fueron desplazados por la guerrilla y luego despojados por el Ejército de su propiedad en la vereda Cristales.

En una histórica decisión, el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio declaró que una pareja de esposos y sus hijos son titulares del derecho fundamental a la restitución de tierras, tras ser víctimas de desplazamiento forzado y despojo a causa del conflicto en La Macarena, Meta.

La historia de esta familia se remonta al año 1975, cuando el progenitor del reclamante adquirió el predio ‘Estadero Nápoles’, de 5.687 metros cuadrados, ubicado en la vereda los Cristales. Tras la muerte de su padre, en 1981, instaló un hotel, con discoteca y área de recreación, que administraba junto a su pareja.

Gracias a la representación judicial de la Unidad de Restitución de Tierras (URT), se demostró que los solicitantes fueron forzados a abandonar su predio y huir hacia Villavicencio, tras amenazas de muerte por parte de las Farc en 2002. Posteriormente, el inmueble fue incinerado, y en 2003 ocupado de forma prolongada por el Ejército Nacional, que allí instaló una base militar, impidiendo el retorno de la familia y el ejercicio pleno de sus derechos.

La sentencia del juez Alejandro Barreto subraya que “la permanencia de la base militar constituye un acto de despojo imputable al Estado, al violar el principio de distinción del Derecho Internacional Humanitario, que prohíbe la ocupación de bienes civiles para fines militares sin la debida legalidad y compensación”. A pesar de las solicitudes hechas por las víctimas, el Ejército negó su responsabilidad y no accedió al pago de arrendamiento ni al reconocimiento del vínculo legítimo de los ocupantes con el predio.

En vista de la imposibilidad material de restituir el terreno, el juzgado ordenó la reparación por vía de compensación, reconociendo que la presencia estratégica del Ejército junto al aeropuerto local no puede estar por encima de los derechos fundamentales de las víctimas.

Robert Gabriel Barreto Lara, director territorial de la URT en Meta, indicó que “la Unidad, a través del Grupo Fondo, compensará a esta familia con un nuevo predio en la ciudad que ellos elijan. Además tendrán acceso la oferta institucional del Estado como parte de su reparación integral”.

Este fallo marca un precedente importante en el reconocimiento del rol que ha jugado el Estado en escenarios de despojo, y evidencia el compromiso de la URT en defender los derechos de las víctimas, incluso en los casos más complejos. 

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